lunes, 20 de diciembre de 2010

ASI PAGA EL DIABLO A QUIEN BIEN LE SIRVE, CASO WIKILEANKS.

Por Jair Alexander Olave Calderón.
Derecho y Ciencias Politicas.

En nuestra américa latina se ve una clara división política y de pensamiento entre países hermanos, es así como Venezuela, Bolivia, Ecuador, Chile, Argentina, Nicaragua, y Brasil se ha alejado prudentemente del Gobierno de Los Estados Unidos, se levantaron de su perpetua humillación y tomaron las riendas de sus Gobiernos, están en la ardua búsqueda de buscar su punto de equilibrio. Colombia, Perú, Panamá y el gobierno golpista de Honduras permanecen ligados estrechamente al linaje Norteamericano.
Estados Unidos, no solo intervienen política y económicamente en la vida de los países latinoamericanos, sino que además se suma la intervención militar, con adiestramientos y ejercicios en toda América Latina, la venta de armas, la instalación de sistemas de vigilancia y espionaje, incluida instalación de bases militares, y su falsa moral por principios de defensa de los derechos humanos.
Los aliados y amigos personales del modelo capitalista deshumanizado norteamericano fueron a tacados directamente por dicho gobierno, La semana pasada un cable filtrado por WikiLeaks de James Curtis Struble -quien fue embajador en 2006 en Perú y que actualmente está destinado en Colombia- definió al presidente Alan García como un arrogante, con un "ego colosal" y que refleja su tono "sabelotodo". “trastornos maníaco-depresivos o desórdenes bipolares” del presidente aprista, aunque la embajada no se atreve a confirmarlos. Y eso que son amigos.
Próximamente se revelaran documentos que comentan sobre el cuestionado Ex presidente de Colombia Álvaro Uribe Vélez, los cuales presuntamente ayudaran a las autoridades a entender mejor el modus operandi del caudillo colombiano.
Los Estados Unidos patrocinan una campaña global en contra de todos los territorios y dirigentes que no se mantengan en estado de sumisión y subordinación adecuado a su plan político y colonizador. Ante el silencio de la prensa mundial, los Estados Unidos de Norteamérica, han comenzado a militarizar todo el continente, para que en un futuro cercano, pueda controlar la totalidad de la región, adueñarse de sus grandes recursos naturales y defender los intereses de las grandes empresas.

sábado, 7 de agosto de 2010

GANACIAS BANCARIAS, POBREZAS URBANAS.

Por Jair Alexander Olave Calderón.
Derecho y Ciencias Políticas.

Hoy 7 de agosto de 2010, en plena posesión del nuevo presidente de la Republica de Colombia el Dr. Juan Manuel Santos Calderón. Me percato en el diario económico la Republica en su edición de fin de semana que el sector financiero en Colombia es el único negocio verdaderamente prospero en esta gran nación.
Ganancias Bancarias a junio del 2010. (Cifras en millones de pesos)

BANCOLOMBIA $600.680
BANCO DE BOGOTA $388.630
DAVIVIENDA $246.832
BBVA $232.430
BANAGRARIO $216.712
BANCO DE OCCIDENTE $207.173
TOTAL $1.892.457 millones de millones

¿Pero quiénes son los clientes de estas instituciones bancarias?; Si mis amigos nosotros los colombianos, si los ciudadanos de pie. El proletariado para unos, o el pueblo para los ricos y distinguidos políticos colombianos. Los resultados, a 2008, revelaron que el 46% de la población —cerca de 20 millones de personas— vive en condición de pobreza. Se considera que se está en condición de pobreza cuando una familia de cuatro personas tiene un ingreso mensual inferior a $1,1 millones. En relación con la indigencia, o extrema pobreza, el estudio mostró que afectó al 17,8% de la población. Es decir que el 63.8 % de la población en Colombia estamos en la inmunda (frase utilizada por los universitarios Bogotanos) Esta condición se considera cuando el ingreso de una familia de cuatro personas es inferior a $400 mil mensuales y no le permite adquirir la canasta básica de alimentos. El documento fue preparado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas (DANE), el Departamento Nacional de Planeación (DNP), el Banco Mundial, Fedesarrollo y algunas universidades. En el estudio también se actualizó el llamado índice Gini, el cual mide los niveles de desigualdad, que se ubicó en 0,59 puntos, igual al de 2002.
El pueblo que esta en pésima situación económica, pagan a estas honorables instituciones bancarias por sacar su salario mínimo, (los que tienen empleo), por ver su modesto saldo, también pagan el manejo de su tarjeta debito, su respectivo 4x1000 creado para ayudar al mal trecho sector financiero, pagan por tener acceso a un cajero automático, por mandar a sus familiares en la provincia el modesto giro para satisfacer el hambre de sus madres y por variar se paga por saludar. Claro es de aclarar que son algunas de las aristas que tiene el sector bancario permitidas por la Superintendencia Financiera y el gobierno central, para hacerle la zancadilla a los dineros del pueblo, se inventaron seguros funerarios, de accidentes, de desempleo, entre otras, los cuales las aseguradoras en el momento de que sucede el siniestro buscan en la letra minúscula de sus contratos como negarse a pagar.
Qué bueno sería decir que los bancos y entidades financiera emplean directamente a sus colaboradores, y funcionarios, pero no, los contratan por cooperativas y empresas temporales, son jóvenes la mayoría de ellos, con poca experiencia, con poca paga y mucha responsabilidad y después de quitarles su juventud, provocarles una ulcera gástrica(en el mejor de los casos), son bruscamente tirados a la calle, porque no alcanzaron con la meta caprichosa propuesta por el dueño de la Institución crediticia. El servicio personalizado de las entidades es día a día menor. Menos número de cajeros, personal de aseo y hasta de vigilancia.
Pero que tal cuando un trabajador y/o ciudadano del común le meten por los ojos algunos de los vastos productos bancarios (tarjeta, libre inversión, etc.) y por algún factor se atrasa en el pago de una de las infinitas cuotas, las brutales llamadas a las 4.30 de la mañana del domingo, las cartas donde informan en frases amenazantes que va hacer reportado a las respetables centrales de crédito y que si es castigado por el sector financiero, no podrá acceder en lo que le queda de vida a uno de los costosos créditos que le ofrece el sector financiero. Y en el extracto incluye cuota de manejo, intereses corriente, seguros, intereses de mora, 4x1000, comisión por avances en efectivo, pago retiro de cajero, y claro una de las 24 cuotas con que compro el mercado en alguna megatienda multinacional.

Es de inferir que el enriquecimiento acelerado y desmedido del sector financiero esta relacionado directamente con el empobrecimiento acelerado y desmedido de la población con 63.8 % de pobreza y miseria de la nación del sagrado corazón.


RECOMENDACIONES CON EL SECTOR FINANCIERO COLOMBIANO
En estos momentos de recesión mundial nos enfrentamos a una crítica situación económica interna, ya que las entidades financieras se convirtieron en verdaderos usureros.

Estas son algunas recomendaciones en el uso de sus productos:

1. Cancele las tarjetas de Crédito que tiene cuota de manejo.

2. En lo necesario no utilice productos y servicios extras bancarios, si no son gratuitos (extractos, audio banco, internet, etc.).

3. No pida prestamos, sino son realmente necesarios, o si va efectuar una inversión empresarial.

4. No compre mercado, ni pague impuestos, ni servicios públicos con tarjeta de Crédito.

5. No firme contratos con clausulas de permanencia.

6. No crea en puntos, ni millas, ni regalos, eso salen de su propio dinero y esfuerzo.

7. Solo tenga una cuenta (Ahorros, o corriente).

8. Busque las entidades bancarias donde se otorguen talonarios, y no tarjetas debito.

9. No utilice en lo necesario cajeros automáticos con costo al ahorrador. (son costosos y peligrosos).

10. Procure no suscribir créditos hipotecarios en UVR, es mejor en pesos, y páguelo lo mas pronto posible, efectuando abonos a capital, la vivienda no es un lujo, es una necesidad.

11. No saque cuentas ni productos en entidades bancarias, que tengan mala atención al cliente.

12. Exija en cada transacción timbre y sello, eso evita demora en las reclamaciones.

13. Exija el pago de centavos. Los bancos reportan a las entidades como Datacretido por cualquier centavo y/o peso que usted deba.

14. Para solicitar un préstamo Cotice en varias entidades bancarias, donde sean mas favorables las tazas de interés, pida por escrito el valor de la cuota y el tiempo a pagar.

15. Financie sus estudios directamente con la entidad educadora.

16. Abone cesantías, y demás ingresos laborales a prestamos y obligaciones bancarias.

17. NO CREA EN LAS ENTIDADES FINANCIERAS, ELLAS NO CREEN EN USTED.

Recuerde los Bancos no tienen piedad de los deudores, no permitan que se enriquezcan con su trabajo y esfuerzo.

lunes, 10 de mayo de 2010

Eficacia de la Acción de Cumplimiento en la Jurisprudencia del Consejo de Estado




POR JAIR ALEXANDER OLAVE CALDERON
DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS


¿De que sirven las leyes si no se aplicaran? La ley concedida como orden regulador de conductas, encaminadas al desarrollo colectivo de la sociedad, fundada en necesidades comunes, nos muestra una imperiosa necesidad de reafirmar las responsabilidades que deben desempeñar la autoridad.
La autoridad como fuerza viva del estado, tiene el reto de buscar y satisfacer unas condiciones mínimas de existencia material y digna de todos y cada uno de los coasociados. Es un asunto complejo y polémico, mas cuando en nuestra realidad son tantas las necesidades insatisfechas que agobian a la gran mayoría de los pobladores de nuestro país. Ya que el ideal de la edad contemporánea no es que los hombres únicamente sean iguales ante la ley, sino que tengan las mismas oportunidades para su existencia.
Con este propósito, se ha introducido en el ordenamiento constitucional una más clara y completa formulación de derechos y, simultáneamente, se han constitucionalizado diversos institutos procesales de exigibilidad y defensa de la Constitución y la ley.
Las acciones constitucionales expresadas en la misma norma la cual denominan directa y /o la cual debe establecer una relación de conexidad entre los derechos a satisfacer con uno de los considerados exigibles constitucionalmente, cuando estamos al frente de un derecho esencial o fundamental (Acción de Tutela). Y la Acción de Cumplimiento, que en términos generales es el proceso constitucional por medio del cual se empodera a los ciudadanos, del derecho de acudir ante la justicia constitucional para demandar al juez que ordene a la autoridad, órgano o funcionario renuente o remiso, que dé efectivo cumplimiento a lo que imperativamente dispone una ley, norma o acto administrativo de carácter general.
Es innegable que la mora por parte de las autoridades y funcionarios públicos en cumplir con los mandatos y deberes contenidos en leyes o en actos administrativos que la propia administración genera, es un mal de progresiva y cada día de mayor incidencia. A pesar de las normas dictadas hace ya 19 años en la nueva carta constitucional política. Esta situación constituye una burla para el orden jurídico basado en la Constitución, pues defrauda las fundadas expectativas, que deben tener los ciudadanos, de que los poderes constituidos y funcionarios públicos cumplan sus obligaciones legales y administrativas, generando inseguridad jurídica, incertidumbre legal y perdida de la dignidad de Estado Social de Derecho y Todo país que se precie de vivir en un Estado social de Derecho debe asegurar que en su territorio se respete y se cumpla los Derechos humanos ,la Constitución, las leyes y, en general, el ordenamiento jurídico vigente.

El Consejo de Estado, al referirse a la acción de cumplimiento, subraya que la eficacia de las normas jurídicas se encuentra íntimamente vinculada con la concepción del Estado Social de Derecho, al señalar:

“El referido derecho se nutre del principio constitucional de la efectividad de los derechos que no es ajeno al Estado Social de Derecho, pues si éste busca crear unas condiciones materiales de existencia que aseguren una vida en condiciones dignas y justas a los integrantes de la comunidad, y la acción de los poderes públicos para lograr estos propósitos se traducen en leyes y actos administrativos, toda persona como integrante de ésta, en ejercicio del derecho de participación política e interesado en que dichos cometidos materiales se realicen, tiene un poder activo para instar el cumplimiento de dichas leyes y actos, acudiendo para ello al ejercicio de una acción judicial.”

Esta obligación corresponde no sólo a los ciudadanos sino, fundamentalmente, a las autoridades y a los órganos del poder público. Pues bien, como es a partir de la dignidad humana como adquiere sentido el funcionamiento de la rama judicial, pretendo establecer si el poder judicial ha cumplido bien el principio constitucional de la dignidad humana como presupuesto de efectividad de los derechos y garantías consagrados en la carta magna. Mas cuando un Juez de la república a jurado respetar, proteger y aplicar la ley y la constitución, pero se nos posibilita a un simple ciudadano obligar a que cumpla su obligación.
Nadie puede desconocer que dentro de las necesidades básicas de la población, al lado de la salud, educación, vivienda y seguridad social por nombrar algunos, esta la justicia social o material la cual debe ser satisfecha por el estado. Para vivir dignamente los colombianos debemos tener satisfecho el servicio público de la justicia, en el sentido de ser eficiente y eficaz, o dicho en las palabras del maestro Tarazona Navas “rápido, pronto, oportuno y justo”. En un Estado social de Derecho, la labor de los órganos del poder público no se agota con la simple formulación de normas o expedición de actos administrativos, pues es obligación del Estado y, en consecuencia, de sus instituciones y autoridades, lograr la efectiva vigencia del derecho en la sociedad.
El pleno de la Corte Constitucional de Colombia mediante auto de 10 de diciembre de 1992, con ponencia del ex magistrado, Dr. Simón Rodríguez Rodríguez, señaló: “La Acción de Cumplimiento


está destinada a brindarle al particular la oportunidad de exigir de las autoridades la realización del deber omitido, a través de una facultad radicada en cabeza de todos los individuos, que les permite procurar la verdadera vigencia y verificación de las leyes y actos administrativos, acatándose de esta forma uno de los más eficaces principios del Estado de Derecho, como es el de que el mandato de ley o lo ordenado en un acto administrativo no puede dejarse a un simple deseo y tenga en cambio concreción en la realidad”.

Pero la realidad es otra, a pesar de las “Buenas” disposiciones tomadas en la constitución de 1991, las acciones de cumplimiento se han convertido en un procedimiento o mecanismo sin eficacia, el congestionamiento judicial, la demora del mismo, el lleno de los requerimientos básicos para ser admitida la acción de cumplimiento, como son; a) Que la obligación que se pida hacer cumplir esté consignada en ley o acto administrativo, lo cual excluye de su fundamento las normas de la Constitución Política, que por lo general consagran principios y directrices; b) Que el mandato sea imperativo, inobjetable y que esté radicado en cabeza de aquella autoridad frente a la cual se aboga por el cumplimiento; c ).Que se pruebe la renuencia del exigido a cumplir, o se pruebe que el cumplimiento se ha pedido directamente a la autoridad de que se trate”.

Pasando a ser mas importante el procedimiento que el derecho sustancial consagrado en el articulo 228 C.N en concordancia con el articulo 2 C.N por medio del principio de la efectividad de los derechos. Sin hablar del pobre y escaso presupuesto entregado por el ejecutivo al poder judicial. Peor aun, Según el Art. 7º de la ley 393 de 1997, la acción se puede promover en cualquier época, siempre que la ley o el acto administrativo se hallen vigentes, porque si están derogados o perdieron su vigencia, la acción perdería su razón de ser.

En efecto, carecería de sentido y lógica hacer revivir obligaciones y deberes estatales extinguidos, como sucedería también con actos administrativos que, al cabo de cinco (5) años de haber sido expedidos sin que hayan sido ejecutados, han perdido su fuerza ejecutoria. Y en Colombia las leyes y decisiones administrativas y judiciales cambian paulatinamente (inexequible, derogado, modificado o ha capricho). Que el poder judicial va de rodillas a comparación al manejo político y conveniente de unos pocos respecto a los poderes ejecutivo y legislativo.
Para concluir diría que el mecanismo plasmado en el articulo 87 y desarrollado mediante la ley 393 de 1997 es eficaz pero no eficiente.


JAIR ALEXANDER OLAVE CALDERON
CENTRO DE INVESTIGACIONES Y PENSAMIENTO –CIP-
CORPORACIÓN UNIVERSITARIA REPUBLICANA

jueves, 4 de marzo de 2010

DIGNIDAD HUMANA

Por Jair Alexander Olave Calderón
Derecho y Ciencias Políticas.
Corporación Universitaria Republicana.


El reconocimiento superior de la Dignidad como principio fundante de nuestro ordenamiento constitucional. El ser Humano como persona como valor central, emanan la justicia, la vida, la libertad, la igualdad, la seguridad y la solidaridad, y me permitiría incluir la salud entre otros, que son dimensiones básicas de la persona, que en cuanto tales se convierten en valores y determinan la existencia y legitimidad de todos los Derechos reconocidos por nuestra Constitución. Es así como el estado no es mas si no el conjunto organizado de personas, es decir de individuos.
"exige un trato especial para el individuo, de tal forma que la persona se constituye en un fin para el Estado que vincula y legitima a todos los poderes públicos, en especial al juez, que en su función hermenéutica debe convertir este principio en un parámetro interpretativo de todas las normas del ordenamiento jurídico”(Corte Constitucional Colombiana).
Por otra parte esos valores (justicia, vida, libertad, igualdad, seguridad y la salud) están indisolublemente unidos por carne y hueso : el valor de la dignidad de la persona humana. Y no constituyen categorías axiológicas cerradas y estáticas, sino que se hallan abiertos a las continuas y sucesivas necesidades que los hombres experimentan en el devenir de la historia. de ahí surge, también la intrínseca unión existente entre el objeto de los derechos y el fundamento de los mismos.
Pero que nos hace ser Humanos? Además de las diferencias biológicas entre los humanos y los demás seres vivientes, el humano es capaz de autoconciencia, auto posesión o autodominio. Valores que, hacen un determinado nivel de conciencia en cuanto inspiran acciones concretas y dignifican a quienes pretenden alcanzarlos.
El valor de la vida inspira o está presente, es la que hace posible el ejercicio de la libertad en sus diferentes manifestaciones, y que no puede ser cercenada sin que deje de producirse injusticia.¿ Pero que es vida sin salud? Algunos científicos determinan que mientras respiremos vivimos, otros al contrario definen vida como el conjunto de actividades humanas inherentes a nuestra especie.
Pero que sucede cuando el humano se enfrenta a la perdida progresiva de su vida, es decir la vejes, o las enfermedades catastróficas o terminales. El individuo humano se encuentra en un bajo o nulo grado de defensa, su existencia gira alrededor de su misma sobrevivencia y es ahí donde como seres consientes, (algunos) hacemos el balance de nuestra vida.

Muchas Dicen,! fui importante en la tierra, fui un gran abogado, gane mucho dinero! Otros exclaman : soy dueño de un grupo bancario, soy millonario, poderoso y respetado ciudadano!. Pero es eso la razón de la existencia?, el ser diferente a la gran mayoría, no con sus capacidades físicas, mentales, intelectuales, artísticas y lúdicas. Sino simplemente por el dinero que se posea.
Y ese pensamiento es el que mueve el mundo en la actualidad, “lo importante es ser rico, un gran comerciante, el zar de la bolsa, el dueño del petroleo”, hecho que afecta a la gran mayoría del mundo entero, es un paracito que carcome y corroen a la justicia, la vida, la libertad, la igualdad, la seguridad y la solidaridad, y hasta la salud.
Porque un ser humano siembra, produce y trafica con drogas? No es otra la respuesta, por el deseo siempre insatisfecho de dinero. Porque las Eps niegan tratamientos, medicamentos y cirugías de alto costo? Porque sus socios y propietarios pierden dinero o dejan de ganar. Por que los Bancos financian y disponen de recursos en la construcción de viviendas de 30 mts2, con altos e indefinidos intereses: Porque lo importante es ganar, utilizando como escudo la Vivienda Digna. Es este el autodominio del ser humano consiente y lógico que compone el elemento esencial del estado.
Donde quedan los valores o principios de igualdad, seguridad, solidaridad y Vida, donde un gobernante y sus lacayos dan gritos de alarma porque el dinero para la salud y vida no alcanzan. Obligados a tomar medidas de afán, desproporcionadas y sin fundamento suficiente. Cuando la vida es una sola, es prevenida, considerada y razón incalificable de existencia.
El estado colombiano actual basa su política económica por una parte; en el esfuerzo del ciudadano o coasociado común (en el pueblo pobre) que ejerce la fuerza de trabajo, generando cuantiosas plusvalía para un pequeño grupo casi familiar de nacionales que en su mayoría viven en el extranjero. y Por otra parte de la venta desconsiderada de la riquezas naturales, y recursos que conforman esta nación. En la actualidad en Colombia todo esta en venta, y no al mejor postor, sino al que le conviene y es amigo del político de mayor jerarquía. Dineros que ingresan no a la salud, sino la gran mayoría al conflicto armando.
El Gasto militar en Colombia, el más alto del continente, según fuentes de la Contraloría, Asimismo, señaló que de los países en conflicto, Colombia solo fue superado ese año en gasto militar por Israel que destinó el 8,7 por ciento del PIB, Burundi (6,3 por ciento), Etiopía (4,4 por ciento), Angola (4,2 por ciento) y Rusia(3,9 por ciento).

“Estas cifras deben relacionarse con el hecho de que aproximadamente un 80 por ciento de los servidores públicos hace parte del sector Defensa, cuya área más representativa es la de su pie de fuerza, que se estima en 373.000 efectivos a diciembre de 2007”, dijo el contralor general, Julio César Turbay.
Inversión en muerte, inversión en enfermedades, perdida de motricidad, Perdida de la única libertad absoluta que es su movilidad, enfermedades psicológicas, daños irreparables a la condición humana. Inversiones contra la Dignidad del ser humano.
Por que no gastamos el 8 por ciento del PIB de Colombia en prevención y atención en salud. El 10 por ciento en educación y generación de empresa. El 5 por ciento en recuperación de bosques y medio ambiente, 5 por ciento en investigación médica e iniciativas productivas entre otras. Factores que generarían Justicia, libertad, igualdad, seguridad, solidaridad, y vida con salud. El lector de este escrito pensara que soy un desequilibrado mental por pensar en eso. Que no soy un gurú de la economía, que soy un soñador. Pero no es así la Constitución colombiana, los tratados internacionales y la misma naturaleza del hombre nos obligara a aceptar esta premisa, esta es la verdadera Dignidad es pensar como humanos, no como grupos empresariales ni cuerpos colegiados, pensemos como seres terrestres, que tarde o temprano vamos a morir, que solo tenemos pocos años, que somos limitados y transitorios.

lunes, 1 de febrero de 2010

LEY 128 DE EMERGENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL.

Es importante que todos y cada uno de nosotros entienda las medidas, que no se puede considerar de otra forma sino, “ASESINAS” que ha decidido tomar el gobierno de Álvaro Uribe y su Ministro de Protección social el “MEDICO DE LA MUERTE” Diego Palacio Betancourt, quien en su ultima consulta medica profesional que efectuó fue a la representante a la cámara Yidis Medina, a la cual prescribió, Notarias, Puestos y algo de dinero…ha se me olvido decir que también le prescribió como a todos los colombianos, acetaminofen, y Ibuprofeno. Formula que fue gustosamente entregada en el dispensario de Famisanar con recobro a el Fosiga, sin que el comité científico técnico se pronunciara.


El decreto 128 es una atentado directo contra todos los colombianos, residentes, transeúntes, es decir contra el ser Humano. Me permito entregar a ustedes, los respectivos decretos, el análisis personal y el de los expertos en medicina, claro que no los análisis profundos y meditados de Claudia Gurisatti, jefe de prensa del palacio de Nari.

No crean que dicha medida es para mejorar la atención de los pobres en Colombia, es obligación del estado prestar dicho servicio a todos y cada uno de los coasociados. (ese mismo pretexto fue utilizado para el 4X1000).


1. No se podrán interponer tutelas (Decreto 128 de la Emergencia Social).
2. Los médicos que formulen fuera del POS serán sancionados con 50 SLMMV (Decreto 131 de la Emergencia Social) -25 millones por formular no POS?.
3. Las remisiones al especialistas se harán siempre y cuando: "no afecten los costos del sistema de salud" (ver anexo). (Decreto 131 de la Emergencia Social).
4. Los tratamientos serán asumidos por el enfermo o sus familias con: Patrimonio, Cesantías, Ahorros Pensiónales e incluso, préstamos bancarios!!!
5. Las Enfermedades, como el cáncer, el sida, diabetes, artritis, problemas coronarios, renales, neurológicos, hepáticos, reconstructivos y preventivos por nombrar algunos son de alto costo.
6. Las enfermedades de bajo costo son la gripa, seborrea (no POS), el mal aliento (no POS), cefalea (dolor de cabeza), y una que otra alergia, los cuales son tratados con acetaminofen, y Ibuprofeno, infalibles en el tratamiento desde la metástasis terciario hasta la valeriana (pecueca).(según el POS).



Adjunto notas de El Tiempo donde se exponen detalladamente esta situación.

¿ porque se pretende proteger a las EPS en detrimento de la salud de los Colombianos? ¿que van a hacer los niños y niñas de nuestro país con enfermedades de alto costo? los padres venderán sus viviendas, usaran sus cesantías, gastarán sus ahorros... para beneficio de los grandes grupos empresariales.
Porque no sacan los recursos de las grandes EPS que anualmente obtienen ganancias por 40.000 millones de pesos al año?
¿como puede un médico defender ciegamente a este gobierno, sin recordar su juramento hipocrático?

Envio enlace para que lean y estudien los decretos impulsados por el gobierno Nacional.
http://www.eltiempo.com/colombia/politica/la-emergencia-social-practicamente-elimina-los-servicios-no-pos_7019270-1

http://www.eltiempo.com/colombia/politica/puntos-clave-de-los-10-decretos-de-la-emergencia-social_7019867-1

Como Conclusión.

Es importante saber que el presidente candidato Dr. Álvaro Uribe, su nomina, y sus lacayos están en campaña política y como es del conocer nacional la política se gana con plata, y ellos utilizaron el FOSIGA como caja menor en la compra de conciencias, entrega de dadivas, regalos y uno que otro falso positivo.
No digan que no se les informo, cuando uno de sus hijos (Dios no Quiera)un familiar, su mama o usted mismo estén frente a una situación medica de alto costo y sea negada y no pueda recurrir a la acción constitucional (tutela) y lo obligen a entregar su patrimonio, sus cesantías y/o ahorros.
La carta Constitucional política de 1991 de Colombia en su Articulo 2 nos muestra que son fines esenciales del Estado: Servir a la comunidad promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; Violación expresa y abierta con el decreto presidencial 128 de la emergencia Social, por que lo único que busca esta ley es el empobrecimiento paulatino de la clase media, la perdida de autonomía económica, como también recalca el preámbulo de la Constitución el cual hace parte integral de la norma, el el estado debe asegurar a todos los integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia , la igualdad…dentro de un marco democrático y participativo que garantice un orden político , económico y SOCIAL JUSTO. Todo en búsqueda de la dignidad del ser humano.
Pero que hacer?, me preguntan mis amigos;
Yo creo que lo mas justo, es dejar de apoyar el Gobierno de Álvaro Uribe, sus medidas y decretos.
NO votar por los partidos ni candidatos que abiertamente a poyan la gestión de este individuo y que son financiados por el dinero de los colombianos y principalmente del FOSIGA (fondo para la salud).
No apoyar ni política ni moralmente, la reelección, ni al procurador, ni los magistrados y altos funcionarios nombrados por el Candidato Presidente.

Presentado Por
Jair Alexander Olave C.
Ciudadano Colombiano