lunes, 1 de febrero de 2010

LEY 128 DE EMERGENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL.

Es importante que todos y cada uno de nosotros entienda las medidas, que no se puede considerar de otra forma sino, “ASESINAS” que ha decidido tomar el gobierno de Álvaro Uribe y su Ministro de Protección social el “MEDICO DE LA MUERTE” Diego Palacio Betancourt, quien en su ultima consulta medica profesional que efectuó fue a la representante a la cámara Yidis Medina, a la cual prescribió, Notarias, Puestos y algo de dinero…ha se me olvido decir que también le prescribió como a todos los colombianos, acetaminofen, y Ibuprofeno. Formula que fue gustosamente entregada en el dispensario de Famisanar con recobro a el Fosiga, sin que el comité científico técnico se pronunciara.


El decreto 128 es una atentado directo contra todos los colombianos, residentes, transeúntes, es decir contra el ser Humano. Me permito entregar a ustedes, los respectivos decretos, el análisis personal y el de los expertos en medicina, claro que no los análisis profundos y meditados de Claudia Gurisatti, jefe de prensa del palacio de Nari.

No crean que dicha medida es para mejorar la atención de los pobres en Colombia, es obligación del estado prestar dicho servicio a todos y cada uno de los coasociados. (ese mismo pretexto fue utilizado para el 4X1000).


1. No se podrán interponer tutelas (Decreto 128 de la Emergencia Social).
2. Los médicos que formulen fuera del POS serán sancionados con 50 SLMMV (Decreto 131 de la Emergencia Social) -25 millones por formular no POS?.
3. Las remisiones al especialistas se harán siempre y cuando: "no afecten los costos del sistema de salud" (ver anexo). (Decreto 131 de la Emergencia Social).
4. Los tratamientos serán asumidos por el enfermo o sus familias con: Patrimonio, Cesantías, Ahorros Pensiónales e incluso, préstamos bancarios!!!
5. Las Enfermedades, como el cáncer, el sida, diabetes, artritis, problemas coronarios, renales, neurológicos, hepáticos, reconstructivos y preventivos por nombrar algunos son de alto costo.
6. Las enfermedades de bajo costo son la gripa, seborrea (no POS), el mal aliento (no POS), cefalea (dolor de cabeza), y una que otra alergia, los cuales son tratados con acetaminofen, y Ibuprofeno, infalibles en el tratamiento desde la metástasis terciario hasta la valeriana (pecueca).(según el POS).



Adjunto notas de El Tiempo donde se exponen detalladamente esta situación.

¿ porque se pretende proteger a las EPS en detrimento de la salud de los Colombianos? ¿que van a hacer los niños y niñas de nuestro país con enfermedades de alto costo? los padres venderán sus viviendas, usaran sus cesantías, gastarán sus ahorros... para beneficio de los grandes grupos empresariales.
Porque no sacan los recursos de las grandes EPS que anualmente obtienen ganancias por 40.000 millones de pesos al año?
¿como puede un médico defender ciegamente a este gobierno, sin recordar su juramento hipocrático?

Envio enlace para que lean y estudien los decretos impulsados por el gobierno Nacional.
http://www.eltiempo.com/colombia/politica/la-emergencia-social-practicamente-elimina-los-servicios-no-pos_7019270-1

http://www.eltiempo.com/colombia/politica/puntos-clave-de-los-10-decretos-de-la-emergencia-social_7019867-1

Como Conclusión.

Es importante saber que el presidente candidato Dr. Álvaro Uribe, su nomina, y sus lacayos están en campaña política y como es del conocer nacional la política se gana con plata, y ellos utilizaron el FOSIGA como caja menor en la compra de conciencias, entrega de dadivas, regalos y uno que otro falso positivo.
No digan que no se les informo, cuando uno de sus hijos (Dios no Quiera)un familiar, su mama o usted mismo estén frente a una situación medica de alto costo y sea negada y no pueda recurrir a la acción constitucional (tutela) y lo obligen a entregar su patrimonio, sus cesantías y/o ahorros.
La carta Constitucional política de 1991 de Colombia en su Articulo 2 nos muestra que son fines esenciales del Estado: Servir a la comunidad promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; Violación expresa y abierta con el decreto presidencial 128 de la emergencia Social, por que lo único que busca esta ley es el empobrecimiento paulatino de la clase media, la perdida de autonomía económica, como también recalca el preámbulo de la Constitución el cual hace parte integral de la norma, el el estado debe asegurar a todos los integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia , la igualdad…dentro de un marco democrático y participativo que garantice un orden político , económico y SOCIAL JUSTO. Todo en búsqueda de la dignidad del ser humano.
Pero que hacer?, me preguntan mis amigos;
Yo creo que lo mas justo, es dejar de apoyar el Gobierno de Álvaro Uribe, sus medidas y decretos.
NO votar por los partidos ni candidatos que abiertamente a poyan la gestión de este individuo y que son financiados por el dinero de los colombianos y principalmente del FOSIGA (fondo para la salud).
No apoyar ni política ni moralmente, la reelección, ni al procurador, ni los magistrados y altos funcionarios nombrados por el Candidato Presidente.

Presentado Por
Jair Alexander Olave C.
Ciudadano Colombiano